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Educando: ¿Cuántos votos parlamentarios se necesitan para acusar a Hinostroza y consejeros?

Para que prospere la inhabilitación política se requieren 67 votos, mientras que para la presunta comisión de delitos son necesarios 51 votos. 

Pleno del Congreso

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó la semana pasada la destitución e inhabilitación del suspendido juez supremo César Hinostroza, y de un grupo de ex consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por infracciones constitucionales. Además, se acordó acusarlos por diversos delitos como patrocinio ilegal, tráfico de influencias y negociación incompatible.
Sin embargo, esta instancia del Parlamento decidió por mayoría excluir del informe el presunto delito de pertenencia a una organización criminal, que es uno de los ejes centrales de las investigaciones del Ministerio Público a la red los Cuellos Blancos del Puerto, a la que han sido vinculados Hinostroza y los ex consejeros. Esto fue corregido hoy aprobándose la reincorporación del referido delito al informe del legislador Oracio Pacori.

La votación:

De acuerdo al Reglamento del Congreso la aprobación de una acusación constitucional por la presunta comisión de delitos requiere la votación favorable de la mitad más uno del número de miembros del Congreso, sin la participación de los 30 miembros de la Comisión Permanente. Es decir para su aprobación se necesitarán 51 votos. 

Mientras que en el caso de la inhabilitación por infracciones constitucionales, que no alcanza a los ex consejeros Iván Noguera y Orlando Velásquez, se requiere los dos tercios del número de miembros del Congreso (67 votos), siempre sin la participación de los miembros de la Permanente.
Fuente: El Comercio.


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